
INE aprueba diseño de boleta para elecciones de 2027
noviembre 5, 2026
Carlos Guzmán | Corresponsal CDMX.- El Consejo General avaló la impresión de 24 documentos electorales con emblemas y otros 13 para el voto anticipado y de personas en prisión preventiva; también estableció que las boletas sin dobleces necesarios no se contabilizarán.
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó el diseño e impresión de la boleta para la elección de diputaciones federales del Proceso Electoral Concurrente 2026-2027, así como de 24 documentos electorales con emblemas y otros 13 destinados a las modalidades de Voto Anticipado y Voto de las Personas en Prisión Preventiva (VPPP).
Entre las principales modificaciones destaca la incorporación de los logotipos de los nuevos partidos políticos PAZ y SOMOS, cuyas insignias aparecerán en la boleta electoral junto con las de las demás fuerzas políticas que participen en la contienda.
El organismo electoral determinó que la distribución visual de los emblemas se realizará bajo el principio de equivalencia perceptual, con el objetivo de garantizar una presencia gráfica equilibrada de todos los partidos políticos.
Asimismo, se mantendrán mecanismos para hacer más eficiente la producción de la documentación electoral. Entre ellos se encuentra la incorporación, mediante sello, del municipio o alcaldía correspondiente durante el conteo y sellado de las boletas en los Consejos Distritales.
Esta medida permitirá reducir los tiempos de impresión, el consumo de papel y los riesgos logísticos durante la preparación de los materiales. Además, las boletas y actas contarán con medidas de seguridad reservadas para prevenir posibles falsificaciones.
En la sesión extraordinaria de este jueves, el Consejo General también aprobó modificaciones a los Lineamientos para la preparación y desarrollo de los cómputos distritales y de circunscripción plurinominal de las elecciones federales de 2026-2027, así como de los procesos electorales locales.
La modificación responde a una sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), relacionada con el tratamiento que deberá darse a las boletas que no presenten las marcas de doblez materialmente necesarias para introducirlas en las urnas.
De acuerdo con el criterio jurisdiccional, estos documentos no pueden vincularse objetivamente con un voto efectivamente emitido, por lo que no deberán incorporarse a la sumatoria de resultados ni contabilizarse como votos válidos o nulos.
El INE estableció que, cuando el funcionariado de las Casillas Únicas identifique este tipo de boletas, deberá registrarlas en la hoja de incidentes y darles el mismo tratamiento que a las boletas sobrantes.
Esto significa que deberán inutilizarse mediante dos rayas de tinta y conservarse separadas de los paquetes correspondientes a la votación válida y nula.











