
Sin origen ni residencia: cambian reglas para elegir al titular del ORFIS
agosto 14, 2026
Isabel Ortega/Xalapa, Ver-. A partir de este viernes 14 de agosto, ya no es necesario haber nacido en Veracruz ni acreditar residencia o vecindad en el estado para aspirar a la titularidad del Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS), luego de que entró en vigor la reforma al artículo 67 de la Constitución Política de Veracruz.
El cambio ocurre justo cuando el Congreso del Estado se prepara para emitir la convocatoria para designar a quien ocupará la titularidad del órgano fiscalizador durante los próximos siete años. La actual auditora, Delia González Cobos concluye su periodo de elección en el mes de septiembre.
La reforma fue publicada el jueves 13 de agosto en la Gaceta Oficial del Estado mediante el Decreto número 533, después de haber sido aprobada por el Congreso y avalada por la mayoría de los ayuntamientos de la entidad.
En la actualidad para ocupar la titularidad del ORFIS uno de los requisitos es ser veracruzana o veracruzano y haber residido en la entidad durante los dos años anteriores, o ser mexicano por nacimiento con una vecindad mínima de cinco años.
Ese requisito desapareció del texto constitucional, por lo que el proceso de selección que está por iniciar no estará limitado por el origen o lugar de residencia de las personas interesadas.
Otro de los cambios que comenzará a aplicarse en el próximo proceso es la definición de los perfiles profesionales que podrán acceder al cargo.
El nuevo texto constitucional establece que la persona que sea designada deberá contar, al día del nombramiento, con título profesional de Contaduría Pública, Derecho, Economía o Administración Pública, expedido por una autoridad o institución legalmente facultada y con una antigüedad mínima de cinco años.
Además, la Constitución establece que quienes aspiren al cargo no deberán pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministros de algún culto religioso, salvo que se separen conforme a las disposiciones constitucionales y legales correspondientes.
También quedan impedidos para ocupar la titularidad quienes hayan desempeñado, durante el año previo a su nombramiento, la titularidad del Poder Ejecutivo estatal, alguna Secretaría de Despacho, la Fiscalía General del Estado, una Senaduría, una Diputación Local o Federal o una Presidencia Municipal.
Sin partidos ni otro cargo
La reforma mantiene además restricciones para quien llegue a encabezar el órgano fiscalizador. Durante el ejercicio de su cargo, la persona titular del ORFIS no podrá formar parte de ningún partido político ni desempeñar otro empleo, cargo o comisión.
La única excepción prevista son los cargos no remunerados en asociaciones científicas, docentes, artísticas o de beneficencia.
La Comisión Permanente de Vigilancia del Congreso del Estado prevé publicarla la próxima semana para iniciar formalmente el procedimiento de selección de quien ocupará la titularidad del ORFIS por un periodo de siete años.










