Votará mañana Congreso reforma que podría remover a la fiscal de Veracruz

noviembre 24, 2025

Isabel Ortega/Xalapa, Ver.- Diputados locales sesionarán este martes 25 de noviembre  para votar el dictamen por el que se modifica el proceso de nombramiento y el periodo de designación de la o el fiscal de Veracruz. Cargo que ostenta Verónica Hernández Giadáns.

A casi un año de que se dio entrada a la propuesta presentada por el diputado local Diego Castañeda —el 27 de noviembre del 2024—, este martes se prevé que validar el acuerdo que regresa al titular del Ejecutivo, en este caso a la gobernadora Rocío Nahle, la posibilidad de nombrar al nuevo fiscal.

En junio de este 2025, los diputados Ramón Díaz y Elizabeth Morales remitieron otra propuesta que fue integrada al dictamen, el cual redefine el mecanismo de designación del o la titular de la Fiscalía.

El documento, ya circulado entre los grupos parlamentarios, plantea modificaciones directas a diferentes fracciones a los artículos 33, 49 y 67 de la Constitución de Veracruz e incorpora nuevas fracciones que regulan el procedimiento de nombramiento.

El artículo 33 establece que el Congreso será responsable de votar, con las dos terceras partes de los diputados presentes, el nombramiento del fiscal.

En la modificación al artículo 49 se indica que son atribuciones de la gobernadora: remitir al Congreso del Estado la propuesta de nombramiento de la persona titular de la Fiscalía General del Estado; así como remover y ratificar a la persona titular de la Fiscalía, notificando al Congreso de dicha determinación.

Cuáles son los requisitos para ser fiscal de Veracruz

Al reformar el artículo 67 se establece que la titularidad del Ministerio Público será ejercida por la persona que ocupe el cargo de Fiscal General del Estado, quien contará con fiscales auxiliares, agentes, policía ministerial y demás personal bajo su mando directo, conforme lo señale la ley. Esta también normará los requisitos y procedimientos para los nombramientos, sustituciones y remociones.

La persona titular de la Fiscalía deberá cumplir con los siguientes requisitos:

Tener la ciudadanía mexicana por nacimiento, en pleno ejercicio de sus derechos, y no contar con otra nacionalidad.

Tener, al menos, treinta años cumplidos al momento de su designación.

Poseer título de Licenciatura en Derecho, con una antigüedad mínima de cinco años, expedido por autoridad o institución mexicana legalmente facultada.

No tener condena por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión. En los delitos de robo, fraude, falsificación o abuso de confianza, quedará inhabilitado para ocupar el cargo, independientemente de la pena impuesta.

No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de culto, salvo que se haya separado conforme a la Constitución Federal y la ley.

Someterse y acreditar las evaluaciones y certificaciones de control y confianza correspondientes.

El perfil del fiscal debe corresponder a una persona honorable, con conocimientos y experiencia en el ámbito jurídico y de procuración de justicia, capacidad de administración y dirección institucional, diseño y ejecución de políticas públicas, independencia en su actuación y una visión de respeto y protección de los derechos humanos, atención a víctimas y perspectiva de género.

Cómo será el nuevo proceso para designar al fiscal

El nombramiento será realizado a propuesta de la persona titular del Poder Ejecutivo y sometido a la consideración del Congreso del Estado, el cual deberá resolver en un plazo improrrogable de cinco días hábiles.

El Congreso aprobará la propuesta con el voto de las dos terceras partes de los diputados presentes. Si no se pronuncia en el plazo señalado, se entenderá como aprobada y se llamará a la persona designada a rendir la protesta de ley.

Si la propuesta es rechazada, se solicitará una segunda propuesta al Ejecutivo, que será sometida al mismo procedimiento. Si tampoco se aprueba dentro de los dos días hábiles siguientes, el Ejecutivo enviará una nueva propuesta. En cada caso, deberá enviarse semanalmente hasta que alguna sea aprobada.

Cuando se tenga conocimiento de la ausencia definitiva de la persona titular de la Fiscalía General, el Ejecutivo remitirá la propuesta correspondiente para someterla al procedimiento previsto.

La persona titular de la Fiscalía podrá ser removida por el Ejecutivo por causas graves establecidas en la ley. La remoción podrá ser objetada por el Congreso con la misma votación requerida para el nombramiento. Si en cinco días hábiles el Congreso no se pronuncia, se entenderá que no existe objeción.

El encargo tendrá una duración de cuatro años, pudiendo ser ratificado por la persona titular del Ejecutivo para un segundo y último periodo de igual duración, previa notificación al Congreso del Estado para la protesta de ley. Si no existe ratificación, deberá realizarse nuevamente el proceso de designación.

En los artículos transitorios del dictamen que se votará este martes se establece que el Congreso tendrá 120 días para modificar la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado. No se especifica si la actual fiscal deberá ser removida ni si se lanzará una convocatoria para la nueva designación.