
Por inundaciones, TEV extiende periodo para recabar firmas de asociaciones políticas en Veracruz
diciembre 13, 2025
La solicitud de registro de partido se dará en febrero o marzo
Isabel Ortega
Xalapa, Ver.– El Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) ordenó al Organismo Público Local Electoral (OPLE) emitir un nuevo acuerdo para ampliar los plazos a las asociaciones políticas que buscan constituirse como partido político local, y puedan recabar las firmas necesarias para constituirse en partidos políticos.
El pasado 5 de diciembre, el Consejo General del OPLE resolvió que no era posible ampliar el plazo para recabar firmas solicitado por las asociaciones Asociación Veracruzana Antipopulismo A.C., Alianza Local por Veracruz A.C. y Cruzada Ciudadana Alterna A.C.
Según el reglamento expedido por el OPLE, las asociaciones deberán celebrar, en el mes de enero, asambleas en 20 distritos locales o en 141 municipios de Veracruz. En esas reuniones deben comprobar la afiliación de 15 mil 823 ciudadanos mayores de edad que no estén registrados en ningún partido político.
Las AP recurrieron al tribunal, que este viernes 12 de diciembre le pidió al OPLE contemplar un nuevo periodo para que se recaben las firmas, lo anterior, porque las lluvias que afectaron el norte del estado y el desarrollo del proceso electoral impidieran la realización de asambleas y reunir las rubricas en los tiempos establecidos.
Durante la sesión, el magistrado presidente Gilberto Constituyentes explicó que las organizaciones demostraron que los fenómenos climatológicos registrados el mes pasado en municipios como Álamo, Castillo de Teayo y otras localidades del norte imposibilitaron la celebración de asambleas distritales.
A esto se suma que la normatividad electoral prohíbe la realización de asambleas durante precampaña, campaña, veda electoral y los cómputos, lo cual dejó sin margen de acción a las agrupaciones. Lo que limitó a las AP recabar firmas en febrero, en periodo de precampaña, y del 29 de abril al 1 de junio, periodo de campaña y veda electoral.
El magistrado detalló que, aunque las organizaciones no acreditaron haber solicitado asambleas durante el primer semestre —un requisito previsto en el artículo 402 del Código Electoral—, es que los órganos jurisdiccionales deben garantizar la máxima tutela de los derechos humanos, particularmente el derecho de asociación política.
“No se les podía pedir que programaran asambleas en pleno proceso electoral. Existió una imposibilidad jurídica y material para avanzar”, señaló Gilberto Constituyentes.
El proyecto, presentado por la magistrada Tania Celina Vázquez Muñoz, instruye al OPLE a emitir un nuevo acuerdo en el que se consideren al menos 42 días en los que objetivamente no pudo avanzarse en la constitución de partidos (30 días de campaña, 4 de veda y 7 de cómputos).
Con ello, el organismo deberá reajustar el calendario para garantizar que las asociaciones no vean afectado su derecho a constituirse como partido político local.
Constituyentes aclaró que esta determinación no implica que el OPLE haya actuado de manera indebida, pues la autoridad estaba obligada a respetar su programación institucional y los periodos vacacionales del personal. No obstante, la intervención del Tribunal busca evitar que la conclusión del ejercicio 2025 vuelva irreparable el derecho de las asociaciones solicitantes.











