TEV recibe siete impugnaciones por revocar magistratura a Jonathan Máximo Lozano
agosto 21, 2025
Isanel Ortega/Xalapa, Ver.- El 20 de agosto, el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) dio entrada a siete recursos de impugnación relacionados con la anulación de la constancia de mayoría de Jonathan Máximo Lozano Ordóñez, quien había sido electo como magistrado de la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Estado.
Uno de los recursos fue presentado por el propio Lozano Ordóñez, luego de que dos de los tres magistrados del TEV determinaran dejar sin efecto la constancia de mayoría que se le entregó tras la elección del 1 de junio, en la que resultó electo como virtual magistrado de la Sala Constitucional.
Por lo anterior, promovió un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, en contra de la sentencia del 16 de agosto, dictada en los expedientes TEV-JDC-274/2025 y su acumulado TEV-RIN-145/2025.En esa sesión, los magistrados señalaron que el vínculo matrimonial de Lozano Ordóñez con la consejera electoral del OPLE, María Fernanda Sánchez Rubio, acredita irregularidades que vulneran principios fundamentales como la imparcialidad, la democracia y la paridad flexible.
La consejera María Fernanda Sánchez Rubio también recurrió la sentencia. Según declaró en sesión ordinaria, el fallo del TEV —al destacar únicamente su parentesco— la invisibilizaba como funcionaria electoral.Su escrito fue remitido a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), derivado de la impugnación de la resolución del 16 de agosto.
A la acción de ambos interesados se sumaron los consejeros del OPLE Marisol Delgadillo Morales, Mabel Aseret Hernández Meneses, Maty Lezama, Fernando García Ramos y Quintín Dovarganes Escandón, quienes promovieron un juicio general en contra de la sentencia dictada en los expedientes TEV-JDC-274/2025 y su acumulado TEV-RIN-145/2025.
Jurisprudencia vigente determina que una autoridad electoral, como es el OPLE, no puede impugnar una resolución de magistrados locales, cuando ellos son señalados como los responsables o las omisiones que fueron observadas por la autoridad jurisdiccional.











