Tras el caso Quintín, OPLE crea comité para atender denuncias de acoso y hostigamiento

julio 2, 2026

Isabel Ortega/Xalapa, Ver.- El Organismo Público Local Electoral (OPLE) aprobó un nuevo Estatuto de las Relaciones Laborales que incorpora un Comité de Seguimiento para casos de hostigamiento y acoso sexual y laboral. El órgano colegiado tendrá la responsabilidad de dar seguimiento a los casos y generar información estadística sobre este tipo de conductas al interior del organismo.

La aprobación del nuevo ordenamiento ocurre luego de la denuncia por hostigamiento sexual y acoso laboral presentada en contra del entonces consejero Quintín Antar Dovarganes Escandón, quien renunció al cargo el año pasado, en medio de un proceso de investigación en el INE.

El Estatuto establece que podrán configurarse como conductas de acoso y hostigamiento laboral aquellas que afecten el empleo, sus términos y condiciones, las oportunidades laborales, el ambiente de trabajo o el desempeño de la persona servidora pública.

Entre ellas se consideran la presión mediante cargas excesivas e injustificadas de trabajo con el objetivo de que la presunta víctima abandone su empleo; la vigilancia permanente sin justificación respecto de las labores que desempeña; así como la violencia relacionada con la maternidad o paternidad.

También se incluyen las conductas que ridiculicen o hagan mofa públicamente de una persona, la difusión de contenido multimedia con ese propósito, las burlas sobre posibles discapacidades, la negativa de asignar tareas o, por el contrario, la encomienda de actividades innecesarias, excesivas o imposibles de cumplir, además de negar la palabra o ignorar deliberadamente a una persona cuando se encuentre presente.

El nuevo Estatuto contempla además como posibles conductas de hostigamiento criticar o amenazar a una persona por cuestiones laborales o personales; proferir gritos o insultos; realizar acciones encaminadas a menoscabar sus aptitudes o capacidades intelectuales, así como cualquier otra conducta que tenga por objeto obligar a la víctima, por acción u omisión, a realizar actos que afecten sus derechos o intereses, sin justificación alguna.

No obstante, el documento precisa que la sola inconformidad de una persona servidora pública con las evaluaciones de desempeño, observaciones, instrucciones, requerimientos de cumplimiento, levantamiento de actas administrativas o la aplicación de medidas disciplinarias objetivamente justificadas no será suficiente, por sí misma, para acreditar la existencia de acoso u hostigamiento laboral.

Para determinar la existencia de estas conductas, el Estatuto establece que deberá analizarse el contexto en que ocurrieron los hechos, la finalidad de las acciones denunciadas y la existencia de elementos que permitan advertir un patrón de hostigamiento, humillación o afectación a la dignidad de la persona.

Como parte de la reforma también se integran en un solo ordenamiento los Lineamientos para la Conciliación de Conflictos y los Lineamientos para prevenir y combatir el hostigamiento y acoso sexual y laboral.

En la exposición de motivos se argumenta que la emisión del nuevo Estatuto responde a la necesidad de evitar la dispersión normativa, reducir la incertidumbre jurídica y facilitar la consulta de las disposiciones internas, además de reorganizar las atribuciones de las áreas encargadas de la solución de conflictos laborales y de la atención de los casos de hostigamiento y acoso sexual y laboral.

El documento también incorpora modificaciones a beneficios laborales para el personal del OPLE y plantea el uso de un lenguaje neutro, sencillo y comprensible, con el propósito de convertir al Estatuto en un ordenamiento de fácil lectura y aplicación para las personas servidoras públicas del organismo.

La historia de la denuncia contra el consejero

Quintín Antar Dovarganes Escandón, dejó el cargo el 15 de septiembre de 2025, dos meses antes de concluir el periodo para el que fue designado, lo que evitó la destitución y la perdida de los derechos adquiridos, como es el bono de marcha.

Su dimisión fue presentada durante una sesión extraordinaria del Consejo General del OPLE y notificada tanto al organismo electoral como al Instituto Nacional Electoral (INE).

El exconsejero enfrentaba una investigación derivada de una denuncia por presunto acoso sexual y hostigamiento laboral presentada por una trabajadora del OPLE. En abril de 2025, el Consejo General del INE determinó ampliar la investigación al considerar que las pruebas no habían sido analizadas con perspectiva de género y que existían deficiencias técnicas en la investigación inicial.