Congreso de Veracruz legisló el acecho con criterios partidistas: Red Nacional de Mujeres
julio 3, 2026
Este viernes entre en vigor la reforma que tipifica el delito
Isabel Ortega/Xalapa, Ver.- La regidora de Xalapa e integrante de la Red Nacional de Mujeres Defensoras de la Paridad en Todo, Capítulo Veracruz, Mónica Mendoza Madrigal criticó la reforma por la que el Congreso de Veracruz tipificó el acecho como delito, al considerar que el dictamen aprobado se aleja de la propuesta original y dificulta la protección de las víctimas.
La activista lamentó que, a su juicio, la actual Legislatura continúe dictaminando iniciativas «desde un criterio ideológico partidista» y no con base en la opinión de especialistas en la materia y que no se prevengan delitos, sino se limiten a sancionarlos.
«Es muy lamentable que la Legislatura del Congreso del Estado siga dictaminando desde un criterio ideológico partidista y no desde una representación pública mucho más amplia, que reconozca la importancia de escuchar a personas expertas para nutrir las iniciativas», expresó.
Mendoza señaló que este comportamiento se ha repetido durante la actual Legislatura y aseguró que quedó evidenciado en la aprobación de la reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el código penal.
Explicó que la iniciativa presentada originalmente para tipificar el acecho era distinta al texto que aprobó la mayoría de las y los diputados. «Lo que aprobaron no corresponde a la tipificación del acecho como delito, sino más bien a otra figura delictiva», sostuvo.
La integrante de la Red Nacional explicó que el acecho consiste en mantener una vigilancia constante sobre la víctima, sin que necesariamente exista un contacto directo, con el propósito de intimidar, acosar o generarle miedo.
Sin embargo, indicó que la redacción aprobada establece que únicamente podrá configurarse el delito cuando esas conductas pongan en riesgo o afecten la seguridad, la libertad o la integridad de la víctima.
A su consideración, ese requisito traslada a la víctima la carga de demostrar que el agresor tenía la intención de causarle un daño, «la gran pregunta es cómo van a determinar que alguien que está vigilando a su víctima ya generó un daño a su seguridad o a su libertad. Lo que hace esta redacción es colocar en la víctima la obligación de probar la intencionalidad del agresor».
Agregó que ello podría provocar procesos de revictimización y limitar la eficacia preventiva que debería tener este tipo de legislación.
«El objetivo debería ser prevenir que la violencia ocurra, regulando conductas previas como el acecho, y no esperar a que se materialice una agresión, regulando comportamientos previos como es el acecho. Es importante que se legisle, pero no de la ideología partidista», señaló.
Mendoza insistió en que legislar sobre violencia contra las mujeres requiere escuchar a especialistas y construir normas que garanticen una protección efectiva para las mujeres y no solo para convertirlas en víctimas.
Reforma ya está vigente
A partir de este viernes 3 de julio entró en vigor las reformas al Código Penal y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, aprobadas el pasado lunes por el Congreso de Veracruz.
La nueva legislación establece que comete violencia por acecho quien, sin autorización ni consentimiento de la mujer, realice en dos o más ocasiones actos de vigilancia, persecución, acercamiento o contacto no deseado que pongan en riesgo o afecten su libertad, seguridad, integridad psicológica o el desarrollo normal de su vida cotidiana.
El delito se sancionará con seis meses a dos años de prisión, además de multas que van de 23 mil 462 a 58 mil 655 pesos.
La ley también contempla agravantes cuando la víctima sea menor de edad, esté embarazada o pertenezca a un grupo en situación de vulnerabilidad; cuando exista una relación de pareja, autoridad o confianza con el agresor; cuando la conducta obligue a modificar rutinas o lugar de trabajo; cuando se utilicen armas o se incumplan órdenes de protección, entre otros supuestos.











