
OPLE abre la puerta a denunciar promoción personalizada de regidores
junio 29, 2026
Isabel Ortega/Xalapa, Ver.- Al responder una consulta ciudadana sobre los límites de la actuación de los regidores en redes sociales, obras públicas e informes de labores, el Consejo General del Organismo Público Local Electoral (OPLE) de Veracruz recordó que la promoción personalizada de los servidores públicos constituye una violación a la ley electoral.
A través de un acuerdo, que se votó en la sesión del viernes 26 de junio, el OPLE recordó que cualquier ciudadano está facultado para presentar denuncias por estas conductas.
La consulta fue presentada por Manuel Molina Gómez, presidente del Centro de Investigación, Difusión e Implementación sobre Asociaciones Civiles (CIDIAC), quien planteó 10 cuestionamientos relacionados con el actuar de los regidores.
El ciudadano cuestión si los regidores pueden pagar publicidad en redes sociales para difundir sus acciones, utilizar su nombre como sello o slogan en programas u obras públicas, atribuirse la realización de proyectos gubernamentales, las diferencias entre informar gestiones e informes de labores, quién puede denunciar esas conductas y si los medios de comunicación pueden ser sancionados por manipular fotografías o difundir información sobre la vida privada de funcionarios.
El OPLE determinó que sólo era competente para responder parte de la consulta, pues se declaró impedido para pronunciarse sobre temas como el fuero de los regidores, el funcionamiento de la Comisión de Desempeño de los ayuntamientos y el derecho de réplica, al considerar que corresponden a otras autoridades.
Respecto de los cuestionamientos relacionados con propaganda gubernamental, el Consejo General explicó que ésta es válida cuando tiene un carácter institucional e informativo; sin embargo, advirtió que deja de ser permitida cuando busca posicionar políticamente a un servidor público.
En ese sentido, el acuerdo establece que «la propaganda gubernamental debe guardar, en todo momento, el carácter de institucional y con la finalidad de informar, educar u orientar a la sociedad. Al contrario, cuando haga de manifiesto la intención de promover la imagen de una persona servidora pública —con miras a posicionarse ante la ciudadanía de cara a un proceso electoral— se estará ante la presencia de promoción personalizada».
Asimismo, recordó que la Constitución prohíbe que la propaganda institucional incluya nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada y señaló que las personas servidoras públicas deben actuar con imparcialidad y neutralidad en todo momento.
Incluso, el Consejo General enfatizó que «las personas que trabajan en el servicio público tienen la obligación de actuar siempre con imparcialidad y neutralidad, utilizando los recursos públicos de manera correcta», además de que deben mantenerse al margen de cualquier conflicto entre fuerzas políticas para no influir en las decisiones electorales de la ciudadanía.
Sobre otra de las preguntas formuladas por el ciudadano, el OPLE respondió que cualquier persona está legitimada para denunciar presuntas violaciones a la legislación electoral mediante los procedimientos administrativos sancionadores.
«Cualquier persona puede presentar escrito para iniciar con el procedimiento administrativo sancionador, con la excepción que, tratándose de calumnia electoral tendrá que ser la parte afectada quien tendrá que presentarlo».
El organismo también diferenció los informes de rendición de cuentas de los llamados «informes-acto», al señalar que los primeros constituyen un ejercicio de transparencia sobre las actividades del cargo, mientras que los segundos pueden considerarse propaganda gubernamental y, por tanto, deben evitar elementos que representen promoción personalizada de los servidores públicos.










