
Senado endurece criterios para Cabilderos
octubre 7, 2026
- Tendrán registro obligatorio, vigilancia y veto de dos años a funcionarios
- Este sustituye al acuerdo de octubre de 2022 y ahora también tendrán que revelar a qué empresas o personas e intereses representan
Carlos Guzmán | Corresponsal CDMX.- La Mesa Directiva del Senado aprobó el acuerdo por el que se determinan los criterios para integrar el Padrón de Cabilderos de la Cámara de Senadores, con el propósito de actualizar y hacer público el registro de personas físicas y morales dedicadas a promover intereses legítimos ante las comisiones y senadoras y senadores.
El documento fue aprobado este martes y sustituye el acuerdo de octubre de 2022.
El punto central es la creación de un padrón actualizado y sujeto a vigilancia, mediante el cual el Senado pretende identificar a quienes realizan labores de cabildeo y transparentar sus vínculos con el trabajo legislativo.
El acuerdo establece que las disposiciones serán de observancia general y deberán aplicarse bajo principios de transparencia, integridad, imparcialidad, objetividad, rendición de cuentas e interés público.
A partir de este jueves, la Mesa Directiva emitirá una convocatoria para que las personas físicas o morales interesadas presenten su solicitud de registro a través del sistema electrónico disponible en el portal del Senado. El periodo para inscribirse será del 13 al 21 de octubre próximos.
El nuevo mecanismo obliga a los aspirantes a entregar información detallada. En el caso de personas físicas se solicitará identificación oficial, comprobante de domicilio, declaración de interés, temas que pretenden abordar, comisiones o legisladores ante quienes realizarán sus gestiones y, cuando corresponda, documentación que acredite su especialidad. También deberán proporcionar datos fiscales, nacionalidad y medios de contacto.
Para las personas morales, los requisitos incluyen acta constitutiva, acreditación del representante legal, documento en el que se designen las personas autorizadas para realizar cabildeo, declaración de interés, sector empresarial, giro, origen nacional o internacional, domicilio fiscal y otros datos corporativos.
Uno de los principales cambios es que quienes sean acreditados deberán mantener actualizada la información sobre los temas en los que participan y las personas físicas o morales cuyos intereses representan.
Además, el acuerdo establece una restricción relevante: las y los servidores públicos no podrán realizar actividades de cabildeo durante el ejercicio de sus funciones ni durante los dos años posteriores a la conclusión de éstas.
La medida introduce así un periodo de separación entre el servicio público y las actividades de representación de intereses particulares, con el objetivo de evitar que quienes hayan ocupado cargos públicos utilicen de manera inmediata sus relaciones o conocimiento institucional para intervenir como cabilderos.
El Senado también establece controles dentro de sus instalaciones. Las personas inscritas en el padrón no podrán ingresar al salón de sesiones y deberán notificar a la Mesa Directiva cualquier cambio en la información proporcionada. Asimismo, tendrán que presentar informes bimestrales de las actividades realizadas; el incumplimiento puede provocar la cancelación del registro.
El acceso de los cabilderos también quedará sujeto a controles administrativos. La Unidad de Resguardo Parlamentario llevará un registro de entrada y salida que incluirá número de acreditación, fecha, nombre de la persona física o moral, identificación presentada, hora de entrada y salida y firma. Para ingresar deberán portar la credencial digital que acredite su inscripción en el padrón.
La transparencia no quedará limitada al registro interno. El padrón deberá publicarse en el portal de internet del Senado dentro de los tres días siguientes a su conformación o actualización.
La información publicada incluirá el nombre de la persona física o moral acreditada, a quién representa, las comisiones o legisladores ante quienes realizará actividades de cabildeo, los temas de interés y el número de acreditación.
Además, las personas que aparezcan en los informes de actividades de cabildeo deberán estar inscritas en el padrón; de lo contrario, no podrán desempeñar esas actividades.
El acuerdo también prevé la cancelación del registro cuando se proporcione información falsa, previa aplicación del procedimiento correspondiente.
El nuevo esquema coloca el énfasis en hacer visible la relación entre los intereses privados y el proceso legislativo.
No se prohíbe el cabildeo, considerado una actividad legítima, pero se busca que quienes lo ejerzan estén plenamente identificados, declaren a quién representan y reporten los asuntos en los que intervienen.
El padrón tendrá vigencia hasta que sea sustituido y será actualizado periódicamente. Cada año, las personas registradas deberán ratificar o actualizar su información; quienes no lo hagan dentro del plazo establecido causarán baja.











