ORFIS sancionará a servidores públicos que manipulen información del Buzón Fiscalizador

marzo 13, 2026

Isabel Ortega/Xalapa, Ver.- El Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS) sancionará a las y los servidores públicos que sustraigan, destruyan, oculten o utilicen de manera indebida la información contenida en expedientes electrónicos a los que tengan acceso por motivo de su cargo.

El Buzón Fiscalizador es una herramienta electrónica segura que sirve como medio oficial de comunicación entre el organismo y los entes fiscalizables, ayuntamientos, órganos autónomos, descentralizados, poderes públicos y oficinas de gobierno. Permite notificar, enviar y recibir información de auditorías, requerimientos y observaciones de forma digital, ágil y legal

De acuerdo con las Reglas de Carácter General para el Funcionamiento del Buzón Fiscalizador, emitidas por la auditora general Delia González Cobos, también serán sancionados quienes retrasen, obstaculicen o entorpezcan las actividades de fiscalización o cualquier actuación electrónica del organismo.

El ORFIS podrá aplicar medidas de apremio previstas en la ley para sancionar el incumplimiento de obligaciones, independientemente de las responsabilidades administrativas o penales que puedan derivarse.

Las nuevas disposiciones establecen que la Dirección General de Tecnologías de la Información del ente fiscalizador será la encargada de supervisar el funcionamiento del Buzón Fiscalizador y de resolver cualquier problema técnico relacionado con su operación.

En caso de fallas técnicas, fuerza mayor o situaciones fortuitas, el ORFIS podrá suspender parcial o totalmente el uso del sistema. Durante ese periodo, las actuaciones podrán realizarse por la vía tradicional, en los plazos y términos que determine el propio organismo.

Las reglas también señalan que las notificaciones electrónicas podrán realizarse en cualquier fecha y hora; sin embargo, se considerarán legalmente efectuadas cuando se genere el acuse de recibo electrónico, lo que se hará en días y horas hábiles. Sus efectos surtirán al tercer día hábil siguiente.

Asimismo, los documentos firmados mediante firma electrónica (e.firma) tendrán la misma validez legal que aquellos firmados de manera autógrafa.

Finalmente, se estableció que los usuarios del Buzón Fiscalizador deberán enviar la información requerida a más tardar a las 23:59 horas del día de vencimiento del plazo establecido en el oficio correspondiente, con el fin de que el sistema genere el acuse de finalización de carga y envío de la documentación.