11 asociaciones quieren ser partido; tienen 9 meses para lograr el respaldo ciudadano
marzo 8, 2025
Isabel Ortega/Xalapa, Ver.- En sesión este viernes 7 de marzo, el Organismo Público Local Electoral informó que 11 asociaciones políticas estatales lograron reunir los requisitos legales para iniciar con el proceso para constituirse como partidos políticos con registro local.
El secretario ejecutivo, Luis Fernando Reyes Rocha dio a conocer los nombres de las agrupaciones que pasarán a la segunda fase, para lograr los militantes mínimos, para solicitar el registro como partido político local, poder participar en las elecciones locales y obtener financiamiento público del Estado.
Será en enero del 2026, cuando las agrupaciones tendrán que hacer la solicitud formal de registro y a partir de junio del 2026, iniciarán los “efectos constitutivos del nuevo partido político local”. De constituirse podrán participar en la elección del 2027, cuando se renovará el Congreso de Veracruz.
Las asociaciones que se registraron son: “Esperanza Veracruzana”, “Gente Nueva Ciudadana A.C.”, “Movimiento Laborista Veracruz A.C.”, “Moci Justicia, Verdad y Libertad A.C”, “Bienestar y Justicia Social A.C.”, “Asociación Veracruzana Antipopulismo A.C.”, “Pueblo en Equipo por Veracruz, A.C.”, “Súmate, Somos Veracruz A.C.”, “Alianza Local por Veracruz A.C.”, “Organización Nacional y Estatal A.C.”, “Cruzada Ciudadana Alterna A.C.”.
“Esperanza Veracruzana”, ligada a la diputada federal y secretaria general del PRI, Lorena Piño, es la única APE que tiene registro ante el Consejo General del y que recibe financiamiento público.
Ahora, cada una de las 11 APE deberán realizar una Asamblea en por lo menos dos terceras partes de los Distritos Electorales locales, y una Asamblea Local Constitutiva. En caso de Asambleas Municipales se tendrán que hacer en 141 municipios, y de tratarse de Asambleas Distritales se tendrán que hacer 20, de los 30 Distritos Electorales Locales.
La Asamblea Distrital o Municipal se considerará válida si reúne, al menos, el número de personas afiliadas equivalente al 0.26% de los inscritos en el Padrón Electoral de la última elección ordinaria inmediata anterior, correspondiente al distrito o municipio en que se celebre ésta.
Para que proceda el registro como partido político local, el número total de personas afiliadas con que deberá contar una Asociación, se conformará con la suma de los asistentes a las Asambleas Distritales y Municipales, y en ningún caso podrá ser inferior al 0.26% del Padrón Electoral que haya sido utilizado en la elección local ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud de registro de que se trate.











