
Sinaloa frena al narco: castigará hasta con 30 años de cárcel el reclutamiento de menores
septiembre 11, 2026
En una respuesta frontal a la instrumentalización de las infancias por parte del crimen organizado, el Congreso de Sinaloa aprobó -por unanimidad- una reforma legal que castiga con hasta 30 años de prisión a quienes recluten, enlisten o utilicen a menores de 18 años para cometer ilícitos.
⇒ La modificación incorpora al Código Penal de Sinaloa el delito autónomo de reclutamiento de niñas, niños y adolescentes dentro del nuevo Capítulo I Bis del artículo 273.
La legislación fija una pena base de 10 a 20 años de cárcel, más multas de 800 a mil 600 días en Unidades de Medida y Actualización (UMA). Sin embargo, el castigo aumentará hasta en una mitad —alcanzando las tres décadas tras las rejas— cuando existan agravantes concretas:
• Si el responsable es familiar, tutor o tiene bajo su custodia la educación del menor.
• Si se comete mediante violencia física, coerción psicológica o abuso de poder.
• Cuando el infractor sea un servidor público en funciones.
• Si la víctima se encuentra en situaciones extremas de vulnerabilidad, tales como orfandad, desplazamiento forzado, migración, situación de calle o discapacidad.
• Si el delito se perpetra contra personas sin capacidad para comprender el hecho o resistirlo.
De infractores a víctimas del crimen
El cambio medular de la reforma es el giro jurídico sobre el papel de la niñez en la violencia armada: las infancias cooptadas ya no serán tratadas penalmente solo como infractores, sino reconocidas plenamente como víctimas de instrumentalización delictiva.
La urgencia del dictamen responde a una crisis cuantitativa dentro de los centros de internamiento juvenil de la entidad: los registros locales pasaron de apenas cuatro adolescentes recluidos por delitos vinculados a cárteles en septiembre de 2024 a 96 casos documentados en diciembre de 2025, principalmente por tareas de halconeo, narcomenudeo y vigilancia armada.
Red de protección obligatoria para municipios y Estado
En el terreno preventivo, el Legislativo reformó el artículo 13 y sumó el artículo 13 Bis a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Sinaloa. A partir de su entrada en vigor, las autoridades estatales y municipales quedan obligadas por ley a coordinar protocolos especializados en detección temprana, justicia restaurativa, atención psicológica y reinserción social.
⇒ El diseño de estos programas operará bajo una mesa conjunta que integrará al Sistema Estatal de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (Sipinna), la Secretaría de Seguridad, la Secretaría de Educación Pública y Cultura (SEPyC) y la Fiscalía General del Estado de Sinaloa.











