Suiza congela activos económicos de Nicolás Maduro

enero 5, 2026

El Consejo Federal de Suiza decidió este 5 de enero de 2026 congelar con efecto inmediato todos los activos que el presidente venezolano Nicolás Maduro y personas asociadas a él posean en territorio suizo.

La medida, adoptada en virtud de la Ley Federal sobre el Congelamiento y la Restitución de Activos Ilícitos en Posesión de Personas Expuestas Políticamente en el Extranjero (FIAA), tiene como objetivo prevenir la fuga de dichos activos tras la aprehensión de Maduro por fuerzas estadounidenses.

La congelación se emitió como medida cautelar y no afecta a los miembros del actual gobierno venezolano. Se suma a las sanciones contra Venezuela vigentes desde 2018 en virtud de la Ley de Embargo, aunque está dirigida específicamente a personas que no habían sido sancionadas previamente por Suiza.

En un comunicado oficial, el Consejo Federal señaló que la decisión se toma ante la inestabilidad generada tras el arresto de Maduro el 3 de enero y la previsión de diversos escenarios en los próximos días y semanas. La autoridad suiza afirmó que “el factor decisivo es que se ha producido una caída del poder y que ahora es posible que el país de origen inicie procedimientos legales en el futuro con respecto a los activos adquiridos ilícitamente“.

Suiza reiteró su postura de seguir de cerca la situación en Venezuela, instando a la distensión, la moderación y el cumplimiento del derecho internacional, incluida la prohibición del uso de la fuerza y el principio de respeto a la integridad territorial. El país también ha ofrecido reiteradamente sus buenos oficios a todas las partes para encontrar una solución pacífica.

El gobierno suizo manifestó que “si en el futuro se revela que los fondos fueron adquiridos ilícitamente, Suiza se esforzará por garantizar que beneficien al pueblo venezolano“.

La medida entrará en vigor de inmediato y permanecerá válida durante cuatro años, hasta nuevo aviso. El Consejo Federal subrayó que las razones de la caída del poder de Maduro y la cuestión de si esta se produjo de forma legal o violando el derecho internacional no son determinantes para la congelación, sino el hecho objetivo del cambio en el ejercicio del poder.