
Poder Judicial de Veracruz actualiza condiciones laborales del personal de confianza
octubre 28, 2025
Por Isabel Ortega/Xalapa, Ver.- El Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de Veracruz será la instancia responsable de expedir los nombramientos del personal de confianza, de acuerdo con las nuevas Condiciones Generales de Trabajo aprobadas y publicadas esta semana.
La medida forma parte de la reforma constitucional en materia judicial, que modificó la estructura orgánica del Poder Judicial del Estado.
El objetivo de esta actualización es fortalecer y garantizar los derechos laborales de quienes desempeñan funciones de confianza, definiendo con claridad sus derechos, obligaciones y prestaciones, así como la protección del salario y el acceso a la seguridad social.
Las nuevas condiciones entran en vigor este martes, con efectos retroactivos al 1 de septiembre de este año.
Quiénes son considerados trabajadores de confianza
El documento establece que se considera personal de confianza a quienes desempeñen labores de dirección, supervisión, control, auditoría, manejo de fondos, asesoría, investigación o planeación, entre otras.
En cada área del Poder Judicial se detallan los cargos específicos:
- Juzgados de Primera Instancia: Secretarios de Acuerdos, Instructores, Auxiliares de Audiencia, de Estudio y Cuenta, Actuarios, Defensores de Oficio, Auxiliares de Sala y personal de Administración Judicial de Causa.
- Actuarías Municipales (antes Juzgados Municipales): Actuarios y Auxiliares de Actuaría.
- Tribunales Superior de Justicia, de Disciplina Judicial y de Conciliación y Arbitraje: Secretarios Generales y Técnicos, Coordinadores de Asesores, Secretarios Particulares, Asesores, Defensores de Oficio, Procuradores, Visitadores, Actuarios y personal designado por las presidencias para funciones administrativas o de asistencia.
- Órgano de Administración Judicial: Integrantes del Pleno, Secretario Ejecutivo, Secretarios de Estudio y Cuenta, Asesores, Contralor, Directores, Subdirectores, Jefes de Departamento y Oficina, Auditores, Peritos, Coordinadores, Facilitadores e Invitadores públicos.
Nuevos derechos y prestaciones
El documento también detalla las prestaciones laborales para este personal, entre ellas:
- Maternidad: las trabajadoras embarazadas tendrán 90 días de descanso con goce de sueldo, a partir del certificado médico prenatal expedido por el IMSS.
- Paternidad: los trabajadores tendrán 5 días con goce de sueldo por nacimiento o adopción de un hijo.
- Luto: en caso de fallecimiento de padres, cónyuge, hijos o hermanos, se otorgarán 4 días de permiso con goce de salario, previa notificación en la plataforma institucional.
- Vacaciones: quienes tengan más de seis meses de servicio ininterrumpido gozarán de dos periodos vacacionales de 15 días hábiles cada uno, según el calendario del Órgano de Administración Judicial. No podrán acumularse ni fraccionarse.
- Además, se establece el pago de una prima vacacional equivalente a 5 días de sueldo neto tabular por cada periodo.











