Publican lineamientos para operación de Salas Auxiliares del TSJE

septiembre 22, 2025

Isabel Ortega/Xalapa, Ver.- A 20 días de haber entrado en operación, el Consejo de la Judicatura del Estado de Veracruz publicó los lineamientos oficiales para la distribución de trámites que atenderán las Salas Auxiliares en Materia Civil, Familiar y Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE).

Estas salas se crearon el pasado 3 de septiembre, tras la incorporación de 21 nuevos magistrados, como parte del proceso de transición en el Poder Judicial de Veracruz. Las Salas Auxiliares Transitorias estarán en funciones hasta el año 2027, cuando se realice la segunda elección del Poder Judicial para renovar magistraturas y titularidades de los juzgados de primera instancia que siguen pendientes.

¿Cuál es la función de las Salas Auxiliares?

Las Salas Auxiliares Transitorias tienen como principal objetivo agilizar el dictado de resoluciones en apoyo a las Salas Unitarias del Tribunal Superior de Justicia, en materias Civil, Familiar y Penal.

Según los lineamientos publicados, la distribución aleatoria de los Tocas se realizará a través del sistema SIGEG (Sistema de la Secretaría General), una plataforma exclusiva para el turno de recursos y otros asuntos procesales de segunda instancia.

Una vez que se identifique que el trámite es competencia de las Salas Unitarias, se señalará en la carátula del expediente la Sala Auxiliar Transitoria, la Sala Auxiliada y la Sala Especializada que llevaba el asunto.

Proceso de trámite y resolución

Los recursos, declaraciones de incompetencia y demás aspectos procesales que deban sustanciarse en segunda instancia serán recibidos, admitidos y tramitados por las Secretarías de Acuerdos de las Salas Especializadas correspondientes. Una vez notificadas las partes, los expedientes podrán ser turnados a las Salas Auxiliares Transitorias.

Una vez dictada la resolución por la magistratura auxiliar, el Toca será devuelto a la Secretaría de Acuerdos de la Sala Especializada para su publicación en listas de acuerdosnotificación a las partes y para continuar con el procedimiento hasta su archivo definitivo.

Además, las Salas Auxiliares deberán remitir el contenido digital de las resoluciones, así como sus versiones públicas, utilizando medios electrónicos o correos institucionales, a fin de que las salas jurisdiccionales auxiliadas realicen las notificaciones correspondientes.

En caso de cambios en las Salas Auxiliares

Si una Sala Auxiliar se extingue por adscripción del titular a otro cargo o si ocurre un retiro voluntario, los asuntos pendientes de resolución deberán ser:

  • Reasignados a la Sala Unitaria previamente auxiliada, o
  • Enviados a la Secretaría de Acuerdos de la Sala Especializada, para su reparto aleatorio.

En caso de que se interponga una aclaración de sentencia y sea admitida por la Sala Especializada, el expediente deberá devolverse a la Sala Auxiliar Transitoria para su resolución. Posteriormente, el Toca regresará a la Sala Especializada para su publicación y notificación.