Entra en vigor prohibición de vapeadores y cigarros electrónicos en México

enero 16, 2026

Este viernes 16 de enero entró en vigor en todo el país la prohibición de vapeadorescigarrillos electrónicos y cualquier dispositivo para calentar, vaporizar o atomizar sustancias, con o sin nicotina, tras la publicación de la reforma a la Ley General de Salud en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

La reforma establece la prohibición total para la adquisición con fines de comercialización, producción, fabricación, preparación, envasado, transporte, almacenamiento, importación, exportación, distribución, venta y suministro de estos productos, incluidos los desechables o de un solo uso.

El artículo 282 de la Ley General de Salud precisa que la restricción aplica en todo el territorio nacional y abarca cualquier sistema mecánicoelectrónico o de otra tecnología análoga utilizado para el consumo de estas sustancias.

La disposición contempla una excepción únicamente para la posesión y el consumo con fines distintos a los comerciales, de acuerdo con lo establecido en la reforma.

Además, quedaron prohibidos los actos de comercializaciónpublicidad o propaganda de vapeadores y cigarrillos electrónicos en cualquier medio de comunicación, ya sea impreso, digital, televisivo, radiofónico o por cualquier otra vía.

El incumplimiento de las nuevas disposiciones puede derivar en sanciones penales, con penas de entre uno y ocho años de prisión, así como multas que van de 100 a 2 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a montos de entre 11 mil 314 y 226 mil 280 pesos.