
FGE ingresará a domicilios sin orden judicial
octubre 14, 2025
Modifican reglamento y fiscal da esa facultad a personal especializado en búsqueda de personas
Isabel Ortega/Xalapa, Ver.- A partir de este martes 14 de octubre entró en vigor el Acuerdo 176/2025, mediante el cual la Fiscalía General del Estado (FGE) de Veracruz reformó las atribuciones de la Fiscalía Especializada para la Atención de Denuncias por Personas Desaparecidas, permitiendo ingresar a lugares cerrados sin autorización judicial cuando realice una investigación.
El acuerdo fue firmado por la fiscal general del Estado, Verónica Hernández Giadáns, como parte de la adecuación normativa derivada de la reciente reforma a la Ley en Materia de Desaparición de Personas para el Estado de Veracruz, en cumplimiento del decreto publicado en la Gaceta Oficial.
Permiten ingreso sin orden judicial
Entre las modificaciones más relevantes al Reglamento de la Fiscalía Especializada se destaca la nueva atribución contenida en el artículo 68, fracción XXX, que establece:
“En la investigación de los delitos materia de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas y Desaparición Cometida por Particulares, el ingreso a un lugar cerrado podrá realizarse sin autorización judicial, debiendo dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 290 del Código Nacional de Procedimientos Penales.”
Abogados consultados por este medio plantean que autorizar el ingreso a domicilios sin orden judicial podría violar garantías constitucionales y representar un uso discrecional de la fuerza ministerial.
El artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que:
“Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento”.
Además, en el mismo artículo, párrafo once, se indica que solo la autoridad judicial puede emitir órdenes de cateo, a solicitud del Ministerio Público, y bajo requisitos específicos.
Especialistas en derecho recordaron que el artículo 73 constitucional señala que únicamente el Congreso de la Unión tiene facultad para legislar en materia de procedimientos penales, por lo que consideran que el acuerdo emitido por la FGE podría ser inconstitucional y sujeto a controversias legales o amparos.
Se refuerza control sobre servicios periciales
El acuerdo también incluye nuevas facultades en materia de identificación humana y manejo de cuerpos no identificados:
- Fiscales especializados podrán localizar a familiares de personas fallecidas no reclamadas para su entrega digna.
- Antes de enviar cuerpos a fosas comunes deberán practicarse pruebas genéticas e ingresar los resultados al Banco Nacional de Datos Forenses en un plazo máximo de 3 días.
- Se obliga a Servicios Periciales a mantener un registro detallado de restos humanos y su ubicación, conforme al Registro Nacional de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas.
- Se deberá garantizar que toda inhumación sea digna, individualizada y en sitios identificables.
Cuando una persona desaparecida sea localizada con vida o sus restos sean entregados a familiares, el fiscal deberá informar a Servicios Periciales en un plazo no mayor a tres días y desactivar los perfiles genéticos correspondientes.











